Capturada en la lógica del mercado, fusionada con su propio dinamismo, el desarrollo de esa ciencia ha contribuido efectivamente a entronizar a la satisfacción pulsional como ideal de nuestra cultura, catapultando el goce individual al cenit de la civilización.
Y, como la clínica lo corrobora, en el circuito de la pulsión el fin tiende a imponerse por sobre los medios que lo procuran y sus eventuales consecuencias.
Por cierto, el esclarecimiento progresivo de un creciente determinismo va restringiendo el espacio subjetivo desde el cual cada individuo se encuentra en situación de responder. Lacan nos propone servirnos de la etimología cuando nos sirve: respondere deriva de spondeo, que significa portarse garante en relación a algo y frente a alguien. La garantía supone un pacto, y todo pacto, un acto de palabra. Para el psicoanálisis, responder interpela efectivamente a tomar la palabra en relación a algo y frente a alguien, para dar cuenta en primer lugar de los propios actos.
Si la responsabilidad ha sido abordada en números recientes de Psicoanálisis y el Hospital en relación a lo que a través de las neurociencias, el DSM IV, las terapias cognitivo-conductuales, la psicopatología de masas o la adolescentización generalizada de la sociedad se expresa como un ideal ‘desubjetivante’, la cuestión de la imputabilidad nos conduce ahora hacia el núcleo mismo del campo psi-jurídico, en el que los ‘derechos’ y ‘deberes’ del sujeto del inconsciente no sabrían encontrar su equivalencia ni su traducción en el plano jurídico. Porque, ineludiblemente, el sujeto del inconsciente es supuesto siempre imputable. Lo que demarca una frontera invisible y al mismo tiempo insalvable que el acto analítico instaura entre el sujeto del derecho y el sujeto que la operación de la transferencia le supone al saber. Aunque haya entre ambas disciplinas inevitables consonancias.
Culpa y responsabilidad. Ambos términos se hayan articulados aunque no se recubran ni se superpongan. Se puede ser culpable sin ser responsable, responsable sin ser culpable. En el plano del derecho civil, Foucault ubica el surgimiento de la responsabilidad en la Modernidad, con la tecnificación del proceso productivo. Los accidentes que las máquinas provocan no son culpa del propietario de los medios de producción, pero pertenecen al área de su responsabilidad. La que interviene en el cálculo de las indemnizaciones e introduce la necesidad de seguros específicos. Por su parte, Lacan recomienda “desangustiar sin desculpabilizar” en la dirección de la cura, porque no hay sujeto responsable sin conciencia moral. Pero el sentimiento de culpabilidad puede anular toda responsabilidad subjetiva, tal como a menudo se hace evidente en las manifestaciones neuróticas de la culpa o en un pasaje al acto, sea éste psicótico o no.
Crimen y castigo. La cuestión de la pena divide a los juristas entre quienes bregan por su abolición [abolicionistas], quienes militan a favor de su incremento y generalización [panpenalistas], y quienes priorizan las garantías del acusado [garantistas]. En cualquier caso, el derecho reconoce a la pena un valor intimidante que procura corregir al delincuente y volverlo inocuo para la sociedad. Aunque la realidad se encargue de enrostrarnos su poca capacidad efectiva de intimidación. Pero hay, además, una vertiente expiatoria de la pena que Lacan se encarga de resaltar en el plano subjetivo, así como un carácter de sanción de la sentencia que, en ese mismo plano, preserva el valor de acto del acto criminal. Y es ciertamente esa dimensión la que nos ocupa como psicoanalistas.
Los treinta y dos trabajos reunidos en el presente volumen profundizan algunas de estas cuestiones, abordando la problemática de la culpa, la responsabilidad, la vergüenza y la conciencia moral, las condiciones del delito, el acto criminal, la sanción, la punición, la pena y sus implicaciones subjetivas, en los diversos dispositivos donde demuestran desenvolverse, muchas veces no sin audacia, los psicoanalistas. Corroborando así que la época de la ciencia es también la época del psicoanálisis, de la que constituye su condición de posibilidad.
Próximo número 39: «El lazo social en cuestión». Hasta entonces.